El Poder Judicial de Lambayeque declaró “improcedente” la acción de amparo presentada por el Frente Civico de Mototaxistas para detener los efectos de la ordenanza N° 07-2018 que dispone la restricción en la circulación del vehículo menor en las vías colindantes al casco central.
El Segundo Juzgado de Chiclayo estimó que la Ordenanza N°07 supera el Test de Proporcionalidad, al haberse verificado que la situación expuesta como sustento no justifica el inicio de un proceso constitucional de amparo.
El Juzgado concluyó que el reglamento no significa una amenaza que vulnerará los derechos constitucionales del trabajo a una vida digna y a un remuneración justa. Esto luego que la nueva ordenanza solo se está ampliando el cuadrante de restricción de los vehículos menores en la ciudad, es decir no se está suspendiendo o deshabilitando la autorización de transporte de las mototaxis.
También explica que el reglamento permite aliviar el congestionamiento vehicular de determinadas calles, previniendo accidentes de tránsito y la vida de los peatones.