Todas aquellas personas que se encuentran afiliadas al Seguro Integral de Salud (SIS) tienen derecho a que su familia reciba una subvención económica luego de su fallecimiento, denominada Prestación Económica de Sepelio. Este beneficio tiene la finalidad de contribuir a cubrir los gastos de ataúd, capilla ardiente, mortaja, traslado del asegurado fallecido al cementerio o crematorio, y nicho o derecho de cremación.
Es importante resaltar que los gastos funerarios de los asegurados fallecidos por la COVID-19 son cubiertos íntegramente por el SIS, el mismo que transfiere recursos financieros de forma adelantada a los establecimientos de salud, Diresas y Diris, para el entierro o cremación respectiva.
¿Cuánto dinero se le reembolsa a la familia por gastos de sepelio?
La cantidad de dinero que otorga el SIS por gastos de sepelio depende netamente de la edad del fallecido y cubre hasta un monto máximo de mil soles. En el caso de los recién nacidos o natimuertos (más de 28 semanas de gestación), la subvención monetaria es de S/350, mientras que para los fallecidos desde los 29 días de nacido hasta los menores de 12 años es de S/700, y S/1.000 en el caso de los mayores de 12 años.
¿Quiénes pueden solicitar la prestación económica de sepelio?
- Todas las personas que hayan sido designadas para recibir este beneficio durante la afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS).
- Los familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad.
- Excepcionalmente, la persona que sustente haber realizado el gasto de sepelio. Para tal efecto, se bebe presentar este documento debidamente completado.
- La madre o el padre del recién nacido fallecido o natimuerto.
Estos son los requisitos para que el SIS te reembolse los gastos de sepelio
Para que el SIS te reembolse el gasto que hiciste por el sepelio (Prestación Económica de Sepelio-PES), debes presentar los siguientes requisitos:
- Solicitud de pago de Prestación Económica de Sepelio llenada y firmada por el acreditado del fallecido.
- Comprobante de pago original —debidamente cancelado— por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.
- Copia certificada del Acta de Defunción expedida por Reniec.
- Copia del Certificado de Defunción.
- Declaración Jurada de Gastos por Prestación Económica de Sepelio.
- Si fue cremado: Copia de autorización de Cremación.
- Si no estás designado como acreditado, deberás presentar la declaración jurada de 4to Grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad.
- Si los gastos se hicieron en zona rural: Declaración Jurada de Gastos por servicios realizados. Anexo N° 02
Fuente: La República